El Ministerio Público advirtió hoy que la venta de productos pirotécnicos,
legales o ilegales, a menores de edad está sancionada con ocho años de pena
privativa de libertad y si el uso del producto provoca lesiones graves o la
muerte de una persona, la pena se eleva a diez años de prisión efectiva.
El fiscal provincial de Huaycán, Alfonso
Barrenechea, informó que las sanciones al respecto están fijadas el Código Penal
y en la Ley 27718, que regula la fabricación, importación, depósito, transporte,
comercialización y uso de productos pirotécnicos.
En declaraciones brindadas en el programa Los
Fiscales, que transmite radio Nacional, Barrenechea dijo que el Ministerio
Público viene realizado una serie de operativos ante el incremento de las
actividades comerciales de productos pirotécnicos con miras a las festividades
de fin de año.
Explicó que sólo el transporte de pirotécnicos ya
es un delito, por lo que “el conductor de cualquier vehículo que traslade estos
productos con la intención de obtener un ingreso adicional, puede ser sancionado
hasta con cárcel”, enfatizó.
Dijo incluso que si la compra de pirotécnicos la
realizan menores de edad, mayores de 14 años, ellos estarían incurriendo en una
infracción a la ley penal y por tanto serían pasibles a una medida
socioeducativa por la comisión del delito.
Por su parte el Jefe de la Unidad de
Desactivación de Explosivos de la Policía Nacional (UDEX) comandante Gustavo
Medina Gironcini, saludo el trabajo preventivo y de persecución que desarrollan
los fiscales del Ministerio Público en este sentido.
Dijo que el año pasado, la unidad especializada a
su cargo ha trabajado directamente el tema de la prevención en colegios y
mercados con 77 fiscalías y que espera para este año superar el número, toda vez
que hay una necesidad de concientizar a la población sobre los riesgos que
representan el uso de productos pirotécnicos.
“Lo ideal sería erradicar los pirotécnicos de
nuestra cultura, pero sabemos que eso es imposible por ahora” remarco.
A su turno, el gerente de comercialización y
fiscalización de la Municipalidad de Lima Metropolitana, Álvaro Anicama, aclaro
que las ferias de pirotécnicos solo podrán funcionar si cuentan con el permiso
de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas,
Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) pues es el único ente rector en
brindar las autorizaciones.
En este sentido, precisó que las municipalidades
distritales no pueden autorizar la apertura de ferias de pirotécnico, si antes
no existe uno de la Dicscamec y que para el 15 de diciembre ya se tendrá la
relación de ferias donde el público adulto podrá concurrir para adquirir solo
los pirotécnicos autorizados.
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